jueves, 5 de marzo de 2009

PABLO NAVAS AGUDO Y ALBERTO VICO SÁNCHEZ.4ºESO

EL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES.

La ética afirma que con independencia de sus creencias religiosas, los seres humanos necesitan dirigir sus comportamientos de acuerdo con valores universales.Hay tres clases de deberes:
-Los que imponen la ley. Si son leyes justas nos obliga porque colabora al proyecto ético común. La justicia nos podrá obligar a su comportamiento.

-Los que imponen una promesa o un contrato, hay que cumplirlos porque nos hemos comprometido a ello. Al no hacerl0 provoca un daño a otra persona.

-Los que derivan del proyecto que queremos conseguir. Si no lo hacemos, la injusticia, el sufrimiento, y el horror seguirán siendo protagonistas de la historia.

Está en nuestra obligación reconocer los derechos, cooperar, cumplir nuestros derechos y deberes y exigir a los demás que cumplan los suyos.

Los derechos civiles y políticos son una categoría especial del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Este plexo normativo, que se incorpora al Derecho Internacional a partir de 1948, incluye además los llamados derechos económicos, sociales y culturales.

La carta de los derechos y deberes civiles recogen: dignidad, libertad, igualdad, inclusión social de las personas con tea, participación, transparencia, reivindicación, solidaridad, calidad, en aspectos como la familia, los trabajadores, los voluntarios, profesionales etc.

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